este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana GLADYS JOSEFINA GIL MOTA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.699.527, sobre una bienhechuría construida en un área de terreno propiedad municipal, ubicado en la calle Principal de las Flores, sector Tacarte, Jurisdicción del Municipio Cocorote del estado Yaracuy