Este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Guayana con Competencia en las Circunscripciones Judiciales de los Estados Amazonas, Bolívar y Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara PROCEDENTE la Solicitud de Suspensión de Efectos, interpuesta por los Abogados LEONARDO MATA y MARIANNE GIUSTI, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V-8.958.094 y V-14.366.861 e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo los números 39.643 y 91.439, respectivamente; actuando en su carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil MANGUERAS GUAYANA, C.A., contra los acto administrativo contenido en las Resoluciones identificada con las siglas y números GCE/RG/DR/2006/41, GCE/RG/DR/2006/42, GCE/RG/DR/2006/43 y GCE/RG/DR/2006/44 emitidas en fecha 08 de noviembre de 2006, por la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Guayana, del Servicio Nacional .....