Analizado el contenido de la precitada decisión del Máximo Tribunal de la República y considerando que el fundamento del Recurrente es que la medida solicitada persigue la protección de sus derechos constitucionales, al requerir que se suspendan los efectos del acto administrativo, indicando que su representada no cumplió con el Reenganche. Del estudio realizado se desprende que el objeto del Recurso de Nulidad versa sobre la nulidad del acto administrativo que acordó el Reenganche y pago de Salarios Caídos, representando esta medida una petición similar, a la del recurso de nulidad. Adicionalmente en fecha 13 de Julio de 2016 la Inspectoría del Trabajo certificó el cumplimiento del Reenganche. Por lo que no se entiende la contradicción en que incurre la parte Recurrente al pedir la suspensión de efectos. De lo anterior se desprende que, no están llenos los extremos legales establecidos por lo que se declara Improcedente la medida cautelar solicitada. Así se Establece.