DISPOSITIVA
En merito de lo expuesto, y con vista a las pruebas consignadas en autos ya valoradas, es por lo que este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, declara: "ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" sobre los derechos dejados por el De Cujus: IRRAEL JOSE NAVARRO ZAMBRANO, quien era de nacionalidad Venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V-6.848.699, fallecido en fecha 02/10/2020, a consecuencia de: INFARTO AGUDO DEL MIOCARDIO HIPERTENSION ARTERIAL DIABETES MELLITUS TIPO II, tal como se evidencia de Registro de Defunción expedido por el Registro Civil San Felix, Municipio Caroní, Estado Bolívar, a los Ciudadanos: SANDOVAL DE NAVARRO RAQUEL DOMINGA, NAVARRO SANDOVAL STIVENS JOSE, NAVARRO SANDOVAL JOSE ANTONIO, NAVARRO SANDOVAL ROBERT JOSE, NAVARRO SANDOVAL JOSE GREGORIO, NAVARRO SANDOVAL GREGORI ANTONIO, NAVARRO SANDOVAL ELEN RAQUEL, venezolanos.....