Decisión
Por todos los razonamientos antes expuestos este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, Declara CON LUGAR, la rectificación solicitada por la Ciudadana EMIDELIA MARIA VALDEZ HENRIQUEZ Venezolana, mayor de edad, civilmente, titular de la cedula de identidad, Nro V- 8.888.918; asistida en este acto por la ciudadana DIANA CAROLINA ASTUDILLO MORANTA, Abogada en Ejercicio, Inscrito en el I.P.S.A. bajo el número 8.765 de este domicilio. Correspondiente al Acta, inserta en el Libro de Defunciones N°8, Tomo D, bajo el Nº 1778, folios 28, del año 2017, llevado por la Primera Autoridad Civil del Municipio Angostura del Orinoco de este domicilio. Correspondiente al Acta de fecha 14/10/2017, perteneciente a la ciudadana LUZ FAUSTINA HENRIQUEZ DE VALDEZ, en consecuencia rectifíquese el Acta arriba descrita de la manera siguiente: PRIMERO: se escribió erróneamente los apellidos.....