Este Juzgado, Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. en atención a que ambas partes manifiestan que han llegado a un acuerdo, bajo los siguientes términos: PRIMERO: Toma la palabra la apoderada judicial de la parte demandada, quien manifiesta, que apegado a los principios del derecho procesal laboral de mediación y conciliación, conviene en pagar a la ex trabajadora por el tiempo de servicio prestado a la empresa, incluyendo todos sus derechos laborales, le corresponde por prestaciones sociales y otros conceptos laborales, la cantidad de SEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE BOLIVARES CON CUARENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs. 6.369,49) será cancelado en este acto a través de pago móvil a nombre del apoderado judicial de la parte actora quien obstenta poder para recibir cantidades de dinero abogado FERNANDO DAZA contra la cuenta corriente del Banco BANCARIBE Nº 01140276392761297395. SEGUNDO: Toma la pa.....