declara INADMISIBLE la Querella Interdictal de Amparo por Perturbación, incoada por los Ciudadanos: MARITZA YANETH FLORES RODRÍGUEZ y JORGE LUÍS PÉREZ HERNÁNDEZ, venezolanos, mayores de edad, solteros, con cédulas de identidad números 12.278.569 y 16.483.387, respectivamente., asistidos por la abogada ANA YACENY ARIAS ANDRADE, Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 34.361contra los ciudadanos: MANUEL FELIPE RIVERO SALCEDO, DINA CELINA RIVERO DE LOYO, DÉBORA ADELAIDA RIVERO SALCEDO, JUAN MANUEL RIVERO SALCEDO y FLORENCIA ESPERAZA CORDERO RIVERO, venezolanos, mayores de edad, con cédulas de identidad números 6.158, 944.818, 411.259, 1.873.278 y 5.221.364, respectivamente, en la persona de su Apoderada Ciudadana DIGNA VICTORIA EUSEBIO VARGAS, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad No 7.909.071
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho de este Juzgado de los Municipios Bolívar y Manuel Monge de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en Aroa, a los diecisiete.....