Previo análisis de las actas procesales contentivas del mismo, los fundamentos de las partes y la sentencia recurrida, funda su decisión en estos términos: "Este Juzgado Superior Tercero (3º) del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar con Sede en la ciudad de Puerto Ordaz, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana LAURA FARINA, abogada en ejercicio e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 29.034, en su condición de co-apoderada Judicial de la demandada empresa sociedad mercantil CONSORCIO TAYUKAY, C. A.; en contra la admisión de la incidencia de tacha/cotejo decretada en la audiencia oral y pública de juicio; en fecha 04/08/2017, proferida por el Tribunal Primero (1º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz;.....