Con fuerza a las anteriores consideraciones, es por lo que este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control N° 6 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del ciudadano : ciudadano FELVER LÓPEZ MORA, de nacionalidad Venezolano, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.156.300, ultima residencia en el Caserío Tartagal, calle principal ultima casa San Pablo Municipio Arístides Bastidas, Estado Yaracuy, por el presunto delito de VIOLACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 374 del Código Penal vigente en perjuicio del niño Juan A. A. de 9años de edad quien esta señalado en la investigación N° 22-F8 -0116-07, numeración de ese despacho Fiscal, se ordena LA APREHENSIÓN designándose a los Cuerpos de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, sub. Delegación San Felipe del Estado Yaracuy,.....