Mediante RESOLUCIÓN No. PJ0842013000123 se DECLARA LA NULIDAD de todos los actos posteriores a la notificación de la ciudadana OSKARINA VIVIANA FEMAYOR YANEZ y ordena la reposición de la causa al estado de que el Tribunal Segundo de Mediación y Sustanciación de este Circuito Judicial, se pronuncie sobre la garantía del derecho a la defensa, el debido proceso e intereses de la co-demandada, Ciudadana OSKARINA VIVIANA FEMAYOR YANEZ.