DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE la tercería propuesta por el abogado DOUGLAS JOSÉ PAÉZ, Inpreabogado Nº 90.234, en su carácter de co-apoderado judicial de la parte demandada ciudadano RAFAEL RAMÓN ALVAREZ TIRADO, plenamente identificado en autos, por no llenar los extremos de ley.
SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza del presente fallo.