esta Corte de Apelaciones en nombre de la República y por autoridad de la ley, CONFIRMA la decisión dictada en fecha 26 de Octubre de 2009, por el Tribunal de Control N° 2 de primera instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal la cual corre agregada a los folios cinco (05) al nueve (09) ambas inclusive del presente expediente objeto de esta consulta, en la cual declaró la no procedencia el mandamiento de Habeas Corpus, interpuesto por el Abg. OMAR ANTONIO GONZALEZ a favor de YUSBELI ANGELICA RIBAS PARRA.