Por las motivaciones anteriormente expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
LA PERENCION DE LA INSTANCIA en el juicio que por concepto de cobro de diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos interpuesto por el profesional del derecho BENJAMIN SALAZAR, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 55.111, actuando en nombre y representación de RAQUEL, C. PINTO, titular de la Cédula de Identidad N° 16.164.980, en contra de la PROMOTORA NUEVA GRANADA, C.A, y en consecuencia se declara EXTINGUIDO el proceso.
Sin embargo, ello no obsta para que el accionante vuelva a proponer su demanda, una vez transcurrido el lapso establecido en el artículo 204 de la Ley Orgánica Procesal del Tra.....