este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en esta ciudad, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por la representación judicial de la demandada, contra el auto dictado el 13 de febrero de 2012, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en el cual negó oír la apelación interpuesta por la parte demandada Alcaldía del Municipio Sucre del Estado Bolívar, en la causa Nº FP02-L-2010-33, que acordó la conclusión de la Audiencia Preliminar y su remisión a juicio, vista la incomparecencia de la Alcaldía a dicho acto, en consecuencia de la declaratoria que antecede se confirma el auto recurrido, vale decir, el dictado el 13 de febrero de 2012. SEGUNDO: No se condena en costas dadas las características del fallo. TERCERO: Se ordena n.....