Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal en Función de Ejecución, de la Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal Del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, en Nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara REVISADA la medida de Privación de Libertad impuesta al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), arriba plenamente identificado; y ordena que siga cumpliendo la misma.
De igual manera, tomando en consideración la información dada por la Dirección de Centro de Formación Integral "Monseñor Juan José Bernal", según oficio N° 177/07 de fecha 18 de abril del presente año, con relación a la incautación de la presunta sustancia estupefaciente en poder del joven de autos, se acuerda solicitar a la Entidad que informe si tal hecho fue puesto del conocimiento de la Fiscalía competente.
Asimismo se acuerda solicitar información del equipo técnico con relación a la integración que ha podido tener la familia del joven en el proceso ed.....