este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en esta ciudad, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: desistida la apelación interpuesta por la parte actora recurrente, en consecuencia se HOMOLOGA el DESISTIMIENTO DEL RECURSO DE APELACIÓN, por lo que se procede como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Segundo: Como consecuencia de la declaratoria que antecede SE CONFIRMA la decisión apelada, en virtud del desistimiento declarado y su respectiva homologación. Tercero: No se condena en costas dadas las características del fallo. Una vez quede firme la presente decisión se ordena su remisión al juzgado a quo. Así se decide.