este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y conforme a la Resolución Nº 2.009-0006 de fecha 18 de Marzo del 2.009 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor del ciudadano: CONSUELO RAMIREZ VELASCO, titular de la cédula de identidad N° V-12.814.637, sobre unas bienhechurías en un lote de terreno Ejido, bajo Regularización de Tenencia, según Decreto N° DA-2011-004, de fecha 04 de Febrero 2011, publicado en Gaceta Municipal Extraordinaria N° 586 de fecha 14 de Febrero de 2011, y que según Certificación de Ocupación de Terreno y Bienhechuría, expedida por la Alcaldía del Municipio Urachiche del Estado Yaracuy en fecha 05 de Mayo de 2014, cuya área total de terreno es de DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES METROS CON SESENTA Y SEIS CENTIMETROS CUADRADOS (253,66 MTS2)