DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE RECONOCIMIENTO DE UNIÓN CONCUBINARIA, interpuesta por la ciudadana BELEN CARREÑO RODRÍGUEZ, venezolana, mayor edad, titular de la cédula 24.544.417 contra los ciudadanos NAUDY ASIRIO FIGUEROA HEREDIA, DIEGO FIGUEROA CARREÑO y MELIDA EVARISTA FIGUEROA CARREÑO en su condición de hijos del De Cujus ASIRIO TÁUL FIGUEROA, desde el 1 de agosto de 1988 hasta el 9 de noviembre de 2018, fecha en que éste fallece, en consecuencia se convierte a partir de esta decisión en una RELACIÓN CONCUBINARIA.
SEGUNDO: Una vez quede firme la presente sentencia y a los efectos del cómputo del año fijado para la caducidad del recurso consagrado en el artículo 507 del Código Civil, se ordenará a la parte actora publicar el dispositivo del presente fallo en un diario de los de mayor circulación de la localidad, debiendo consignar un ejemplar donde conste dicha publicación.
TERCERO: Una vez quede firme la presente sentencia, se ordenará ins.....