Por las razones que se expusieron, éste Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando en sede Contencioso Administrativa, con fundamento en los artículos 31 y 36 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa en concordancia con el artículo 134 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, declara INADMISIBLE el Recurso de Nulidad de Acto Administrativo, referente a las actuaciones contenidas en la en la Providencia Administrativa Nº 0228/2018, de fecha 29 de junio de 2018, dictada por la Inspectoria del Trabajo del Estado Yaracuy, en el expediente administrativo Nº 057-2018-01-00092, mediante la cual declaró: SIN LUGAR la denuncia por REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS, incoada por el ciudadano: PEDRO ARGENIS CASTILLO, titular de la cédula de identidad Nº V-15.455.048, contra de la en.....