En consecuencia, este Despacho Judicial, de conformidad con los Artículos 640, 585 y el Ordinal 1° del 588 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA: MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO sobre los bienes muebles que sean propiedad de la SOCIEDAD MERCANTIL PARADOR TURÍSTICO RANCHO GRILL, C.A; identificada con numero de Rif-J-407644556, inscrita ante la Oficina de Registro Mercantil Primero, con sede en Puerto Ordaz, estado Bolívar, en fecha 08 de marzo de 2016, bajo el No. 87, Tomo 28-A, ubicada en la Avenida Leonfina, Ud 232, Sector la Esperancita, Casa Nro 04, Manzana 10, Diagonal al semáforo Puerto Ordaz, Municipio Caroní del estado Bolívar, hasta cubrir la cantidad de: