Por lo antes expuesto, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: "CON LUGAR" la inhibición formulada por el ABG. ALCIDES SANCHEZ NEGRÓN, en su condición de Juez Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, extensión territorial de Ciudad Bolívar, para conocer de la causa signada FP02-R-2008-0000161, contentivo del juicio por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos, incoado por el ciudadano JULIO PAREDES, contra la Empresa ASESORAMIENTOS ESPECIALIZADOS M.F.S., C.A.