Por todos los razonamientos precedentemente establecidos, este Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en la ciudad de Puerto Ordaz, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Apelación interpuesta por el ciudadano HERNAN JOSE RAMOS ROJAS, abogado en ejercicio, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 43.563, en su carácter de parte demandada recurrente, en contra de la sentencia dictada en fecha 11 de Enero de 2012 por el Juzgado Cuarto (4º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Puerto Ordaz.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la Adhesión de la apelación interpuesta por el ciudadano LUIS ROSAS, abogado en ejercicio, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 93.379, en su carácter de parte demandante, en contra de la sentencia dictada en fecha 11 de Enero de 2012 por el Juzgado Cuarto (4º.....