´Por todos los razonamientos anteriores este Juzgado (con asociados) Superior Civil, Mercantil, y de Tránsito, del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la defensa de fondo de CADUCIDAD de la acción propuesta por parte demandada; y en consecuencia resulta temporánea la presentación del recurso extraordinario de invalidación; y así se decide.
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