Atendiendo a los razonamientos antes mencionados, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Nirgua, Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, declara:
Primero: Homologado el DESISTIMIENTO DE LA APELACIÓN FORMULADA POR EL APODERADO ACTOR CONTRA LA SENTENCIA DE FONDO RECAIDA EN ESTA CAUSA en fecha 10 de julio de 2024.
Segundo: No se hace pronunciamiento sobre costas dada la naturaleza de la decisión.