En virtud de lo expuesto anteriormente, este Tribunal Unipersonal en Funciones de Juicio N° 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: PRIMERO: CONDENA a los acusados: LUIS EMIRO BRACHO VALERO, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-11.216.930, de 37 años de edad, nacido en fecha 12-12-1968, de ocupación Agricultor, residenciado en Guayabones Sector Loma de Piedra, Casa de color verde, aproximadamente a doscientos metros (200mtrs) de la escuela Bolivariana, hijo de MARIA LUCIA VALERO (V) y de EURO RAMON BRACHO (V), y HUGO RAMON HERNANDEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-9.399.715, de 41 años de edad, nacido en fecha 19-08-1964, de ocupación Agricultor, residenciado en Guayabones Sector Loma de Piedra, aproximadamente a cincuenta metros (50mtrs) de la Escuela Bolivariana, Casa de color rosado con verde, hijo de MARIA ALEJANDRINA .....