En mérito de las razones expuestas, este Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso de apelación intentado por la ciudadana "Datos omitidos", asistida por los abogados Marbella Gutiérrez y José Alfredo Manzanilla Bianchi, inscritos en el INPREABOGADO bajo los números 44.552 y 138.697 respectivamente, contra el auto de fecha 25 de junio de 2014, dictado por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, en el Juicio de Fijación de Obligación de Manutención y Fijación de Régimen de Convivencia Familiar, seguido por la parte recurrente en contra del ciudadano "Datos omitidos", en el asunto Nº UP11-V-2014-000523.
En consecuencia:
Primero: Se revoca el auto de fecha 2.....