Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confieren la Constitución y las leyes declara: PRIMERO: EL DESISTIMIENTO de la acción por COBRO DE SALARIOS CAIDOS Y OTROS BENEFICIOS, incoada por el ciudadano: ANGEL HUMBERTO MELENDEZ contra la Sociedad Mercantil MOLINOS VENEZOLANOS, C.A (MOLVENCA)., todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 151 de La Ley Orgánica Procesal del Trabajo; SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS. TERCERO: El Tribunal se reserva el lapso establecido en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para la publicación del texto íntegro de la sentencia. Es todo, terminó se leyó y conformes firman.