El JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA SIN LUGAR la acción propuesta por la parte actora AUTOS CINCO HERMANOS, C.A., en contra de la Empresa BANCO MERCANTIL C.A.- Queda así CONFIRMADA la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, a los Nueve días del mes de febrero de 2006. En consecuencia, se condena en costas a la parte actora de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil. Se declara Sin Lugar la apelación interpuesta.