Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA; LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA de la presente causa signada bajo el número LP11-P-2010-001748, seguida al acusado CÉSAR ANTONIO COLMENARES DURÁN, en el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, a los fines de que la misma sea acumulada a la causa signada bajo el número LP11-P-2008-001531, que cursa por ante ese Tribunal. Se fundamenta la presente decisión en los artículos señalados a lo largo de la decisión, y artículos 2, 3, 26, 49, 51, 256 y 257 de la Constitución y artículos 1, 2, 4, 5, 6, 7, 12, 13, 19, 70, 71, 73 y 77 del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena remitir la presente causa constante de una (01) pieza y Cien.....