Declarado lo anterior este Tribunal para decidir observa que el ciudadano JOSE WILFREDO BRAVO GARCIA, solicita se declare la extinción del vínculo conyugal que la une con la ciudadana MARIA DEL ROSARIO BAUTISTA RODRIGUEZ que habían contraído por ante la Alcaldía del Municipio Independencia del Estado Anzoátegui en la Oficina del Registro Civil de Matrimonios, en fecha 30 de Noviembre del año 2007, en razón de existir desafecto e incompatibilidad de caracteres entre su persona y su cónyuge, en atención a lo cual este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara "CON LUGAR" la solicitud presentada y, en consecuencia, disuelto por divorcio el matrimonio contraído por los ciudadanos: JOSE WILFREDO BRAVO GARCIA y MARIA DEL ROSARIO BAUTISTA RODRIGUEZ Así se decide.
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