En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial de Puerto Ordaz, de conformidad con lo establecido en el artículo 137 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con el artículo 585 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, sobre los bienes propiedad de las empresas principales en razón del grupo económico de sociedades alegadas por la actora, CORINOCO, C.A. CORPORACION RINCON, S.A. y CLOVER INTERNATIONAL, C.A., los bienes serán aquellos que señale la parte actora hasta cubrir la cantidad de CIENTO CUARENTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS DOS MIL OCHENTA Y CINCO BOLIVARES EXACTOS (Bs. 148.902.085,00), o lo que es lo mismo redondeado por la reconversión monetaria de CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS DOS BOLIVARES CON 08/100 CENTIMOS (Bs.F. 148.902,08) a los fines de garantizar las resultas del .....