"ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY" CONMUTA LA PENA IMPUESTA POR CONFINAMIENTO al penado, Iván yorvan Lucena Hernández, , Titular de la Cédula de Identidad N-V-15.250446 de conformidad con el Artículo 52 del Código Penal Vigente; y en consecuencia procede aumentar una tercera parte de la pena por un tiempo igual al que resta de la pena, así mismo se observa que al penado le falta por cumplir, (ocho 8 meses y diecisiete 17 dias se le aumenta una tercera parte por indicación de Artículo 53 del Código Penal el cual arroja un aumento de dos 2 meses , cinco 5 días y dieciséis 16 horas al resto de la pena a cumplir, impone las siguientes obligaciones al penado, Iván yorvan Lucena Hernández, , Titular de la Cédula de Identidad NV15.250446 -PRIMERO: Residir en la siguiente parroquia buena vista municpio iribarren estado Lara y no tener contacto con la victima ni con sus familiares: SEGUNDO: Presentarse cada Treinta (3.....