Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Primero de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por ACREENCIAS LABORALES interpuesta PRIMERO: por los ciudadanos: RAUL VICENTE GASPAR CAMACHO, JOSE FELIX GARCIA, RICHARD MORIN y ERNESTO ALEJANDRO BRANCHI contra la empresa DISTRIBUIDORA REGIONAL ANGOSTURA, C.A., y de manera solidaria las empresas COMERCIALIZADORA CORINA, C.A. y CAMEL TP., C.A., a cancelarle al accionante los conceptos y montos establecidos en la parte motiva de la presente decisión, el cual arroja una cantidad total de TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL CIENTO TRES BOLIVARES CON OCHENTA Y NUEVE CENTIMOAS (Bs.383.103,89), más lo que resulte del cálculo que realice el experto contable que se ordena designar. SEGUNDO: En cuanto a los intereses sobre la prestación de antigüedad se .....