DISPOSITIVO
Sobre la base de las consideraciones anteriores, este Tribunal Colegiado considera, que lo procedente en el presente caso es declarar inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación de autos, interpuesto por los ABOGADOS BELKIS SUSANA PUERTAS MOGOLLON y JUAN PABLO SERRANO, quienes actúan con el carácter de Fiscal Auxiliar Décima Segunda Encargada y Fiscal Auxiliar, respectivamente de la Fiscalía Décima Segunda del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, contra la decisión emitida en fecha 24 de Mayo de 2017, que constituyen los fundamentos de hecho y de derecho de la Audiencia Preliminar celebrada en fecha 19 de Mayo de 2017, por el Tribunal de Primera Instancia Estadal y Municipal en función de Control Nº 3 de este Circuito Judicial Penal, e inserta en el asunto principal Nº UP01-P-2016-004924. Regístrese, Publíquese y Notifíquese. Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones del Circuito Ju.....