"...Este Tribunal Segundo de municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de divorcio 185, en aplicación de la sentencia Nº 136 de fecha 30/03/2017 emanada de la Sala de Casación Civil, interpuesta por el ciudadano Jesús Manuel Jiménez Molina, plenamente identificado en autos, y en consecuencia, se declara: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL existente entre los ciudadanos Jesús Manuel Jiménez Molina y Erlyng Gabriela Berenice Molina, que los unía y que contrajeron por ante por ante EL Registro Civil de la Parroquia Antonio Spinetti Dini, municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, en fecha 13 de Diciembre de 2.013, según acta nº 120. Así se decide...".