Este Tribunal Tercero (3º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Bolívar, Sede Ciudad Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLINA SU COMPETENCIA para conocer la presente causa en el Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Monagas, Extensión Territorial Maturín que le corresponda. ASÍ SE DECIDE.-
Por lo tanto, se ordena remitir el presente expediente a la unidad de distribución de documentos a fines del envío correspondiente. Líbrese oficio.