Este Tribunal acoge la decisión dictada por nuestro máximo Tribunal y en virtud de estar en etapa de ejecución de sentencia, donde la medida ejecutiva efectivamente trae como consecuencia el desalojo del perdidoso del inmueble, este Tribunal SUSPENDE LA EJECUCION de la misma y acuerda oficiar a la SUNAVI con sede en Puerto Ordaz - Estado Bolívar, a fines de solicitarle a dicho organismo que disponga la provisión de refugio temporal o solución habitacional definitiva para la parte demandada, que será afectado por el desalojo y su grupo familiar, se acuerda anexar a dicho oficio, copia certificada del libelo de demanda, de la contestación, de la sentencia de 1ra y 2da instancia a los fines legales consiguientes, instándose a la parte actora a consignar las copias simples para