Por todos los razonamientos anteriores este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Protección de Niños, Niñas y Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda de INDEMNIZACIÓN POR DAÑO MORAL incoada por la ciudadana ARELYS ELIGIA BOLIVAR GONZALEZ, en contra de la Sociedad mercantil AUTOREPUESTOS Y ELECTROAUTO MILA, C.A., supra identificados. Todo ello de conformidad con las disposiciones constitucionales, legales, doctrinarias, y jurisprudenciales, ya citadas y los artículos 12, 15, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil
Queda CONFIRMADA la decisión dictada en fecha 21 de mayo de 2014, cursante del folio 77 al 85 de la segunda pieza, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
Se declara.....