Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en la norma del artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con los artículos 255 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, ACUERDA: PRIMERO: HOMOLOGAR en sus propios términos el acuerdo en que han llegado las partes en el presente asunto de la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN (FIJACION) Y AL REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR (FIJACIÓN), interpuesto por la ciudadana YULIMAR PATRICIA BRUNO BRAVO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N 25.833.973, debidamente asistida por la abogada JULIET MONTES, en su carácter de Defensora Publica Auxiliar Segunda, en su carácter de madre del niño (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),
, nacido en fecha 13/10/2021 de 3 años, contra el ciudadano ANYELLO FRANYEY TAPIAS DUARTE, venezolano, mayor de e.....