Revisada la Causa llevada por este Juzgado de Ejecución, se observa que el Adolescente JHONNY ENRIQUE BASANTA GUEVARA, se encuentra cumpliendo Sentencia de fecha. 22 de Enero del 2007, a cumplir TRES (3) años de PRIVATIVA DE LIBERTAD , conforme a lo establecido en el artículo 628 Parágrafo Segundo de la Ley Orgánica Para La Protección Del Niño y Del Adolescente, por la comisión de los hechos punibles de: ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos: Víctor Gregorio San Millán, Sandra Laya y José Francisco Dazza; LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416, eiusdem, en perjuicio de José Francisco Dazza; y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277, ejusdem, en perjuicio de La Colectividad. Sentencia ésta que fue ejecutada por este mismo Tribunal en fecha23 de Febrero del 2007.
De acuerdo con las circunstancias narradas anteriormente en el informe,.....