DUGARTE JIMÉNEZ y CESAR ENRIQUE HERNÁNDEZ VALDERRAMA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-17.320.200 y V-9.940.877 respectivamente, domiciliados en la Avenida Alberto Ravell, apartamento Nº D-2 ubicado en la planta baja de la Torre Santa Elena o Torre D del Conjunto residencial Caña Dulce, Municipio Independencia, Estado Yaracuy, para que comparezcan ante este Juzgado a dar contestación a la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMODATO, DENTRO DE LOS VEINTE (20) DÍAS DE DESPACHOS SIGUIENTES A QUE CONSTE EN AUTOS SU CITACIÓN. Para la práctica de la citación ordenada, compúlsese copias del libelo de demanda, estámpesele orden de comparecencia al pie y entréguese al Alguacil encargado de practicar las citaciones, de conformidad con el artículo 218 del Código de Procedimiento Civil, una vez que la parte actora consigne los fotostatos correspondientes para las mismas. En cuanto a la medida de prohibición de enajenar y gravar solicitada, el Tribunal.....