DISPOSITIVA
Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE el Divorcio por Desafecto e Incompatibilidad de Caracteres incoado por la ciudadana: SOFIA DEL VALLE PEREZ SUAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.515.990 , debidamente asistida por la Defensora Publica abogado en ejercicio JULNEILA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 87.116, en contra del ciudadano; JUAN JOSE GUERRA BARRETO , venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.611.433; y en consecuencia de ello, DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por ellos en fecha ocho (08) de abril del 2000, por ante el Registro Civil Municipal del Municipio Caro.....