Por todo el razonamiento tanto de hecho como de derecho anteriormente expuesto, este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso ordinario de apelación ejercido por la representación judicial de las codemandadas, contra la sentencia de fecha 19 de Marzo de 2014, emanada del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta misma Circunscripción Judicial.- ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, incoada por el ciudadano MIGUEL ANGEL AVILA contra la empresa COLORIFICIO PORDECAR C.A. y, solidariamente contra la entidad de trabajo INVERSIONES ADECERCA C.A., e igualmente contra los ciudadanos SIRO FEBRES CORDERO, JOSE MARIA TOMBAZZI Y OTROS, todos plenamente identificados a los autos.- ASI SE DECIDE.
TERCER.....