Verificado que los parámetros con los cuales fue realizada la experticia complementaria del fallo, se ajusta a los términos ordenados en la sentencia y aclaratoria antes descritas. Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de esta Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, declara: IMPROCEDENTE la impugnación de la experticia del fallo ejercida por la representación de la parte accionante.