Este tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del trabajo, a fin de promover la mediación y conciliación como mecanismo adecuado y conveniente para la resolución de disputas, este tribunal de conformidad con lo previsto en los artículos 253 y 258 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y cumplidos los requisitos establecidos en el parágrafo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y artículos 10 y 11 del reglamento ejusdem decide lo siguiente: a) se imparte la HOMOLOGACION al acuerdo alcanzado por las partes en el proceso de mediación y conciliación promovido por ante este tribunal y se da efecto de cosa juzgada al presente acto de MEDIACION.