Este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: "HOMOLOGADO" el desistimiento del Recurso Ordinario de Apelación, ejercido por la representación judicial de la parte recurrente contra el auto de fecha 26 de abril de 2018, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de ésta Circunscripción Judicial.- ASÍ SE DECIDE.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte recurrente, de conformidad con lo estipulado en el artículo 282 del Código de Procedimiento Civil, por remisión del artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.- ASI SE DECIDE.