este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, ACUERDA: Cerrar el presente expediente por desistimiento de las partes de conformidad con lo establecido en el Articulo 263 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente. En consecuencia se ordena el archivo del mismo para remitirlo en su oportunidad al archivo Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.