En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial de Estado Yaracuy, actuando bajo el intereses Superior del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,
DECLARA
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de AUMENTO DE LA OBLIGACION DE MANUTENCIÓN formulada por la JENNY HERNANDEZ, plenamente identificada en autos, contra el ciudadano CARLOS ALVAREZ en beneficio de sus hijas YEXANY NAZARETH ALVAREZ HERNANDEZ y Se omite Identidad según Artículo 65 para la Ley de Protección del Niño, Niña y Adolescente.
SEGUNDO: Se fija por concepto de Aumento de Obligación de Manutención la cantidad de MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 1200, oo) MENSUALES que deberá ser descontado de nomina y depositados a partir del 30 de Julio del año 2012 en una cuenta de ahorro de la Entidad Financiera Bicentenario que la demandante tiene aperturada, para el mes .....