Este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PERIMIDA LA INSTANCIA en la acción de nulidad propuesta por la ciudadana ANA MARÍA FIGUEROA ANZIANI, venezolana, titular de la cédula de identidad No. V-14.288.036, asistida por la Profesional del Derecho ciudadana EMILIA SALAZAR VALLES, venezolana, mayor de edad, Abogada en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 33.925, contra Providencia Administrativa Nro. Nro. 2015-00023, dictada en fecha 02 de Febrero de 2015, por la Inspectoría del Trabajo "Alfredo Maneiro" de Puerto Ordaz, estado Bolívar.