Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, es por lo que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil así como las disposiciones del código civil vigente, DECLARA "ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" del fallecido ciudadano RIGOBERTO HERRERA BETANCOURT, quien era venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nro. V-1.352.080, falleció el día 23/09/2021, en Baruta, Parroquia Baruta, estado Miranda a consecuencia de PARADA CARDIO RESPIRATORIA SHOCK SEPTICO PUNTO DE PARTIDA ABDOMINAL DIABETES MELLITUS TIPO II según acta de defunción Nro. 6007; a las ciudadanas ANA TERESA LEON DE HERRERA.....